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Problemas con la firma electrónica ¿cuándo no se acepta su uso en Ecuador?

Desde 2002 se autorizó en Ecuador la emisión de certificados de firmas electrónicas a personas y empresas. Pero a pesar de esto, todavía pueden presentarse problemas con las firma electrónicas a la hora de usarlas para ciertas operaciones.

Recordemos que su validez legal está garantizada por la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos (LCE). Esta Ley impulsó mucho el proceso de modernización de la economía, las finanzas y el régimen legal en el país.

Actualmente, más de 240 mil firmas electrónicas están autorizadas para su uso en operaciones de comercio electrónico, aduanas, compras públicas, gestión documental y otros servicios ofrecidos por los entes del Estado.

En el mundo las firmas electrónicas se usan en millones de operaciones cada día y el país ha tratado de mantener el paso.

Pero todavía existen situaciones confusas y problemas con las firmas electrónicas en Ecuador. Veamos cuáles son.

¿Quiénes pueden obtener firma electrónica en Ecuador?

Antes de continuar, recordemos qué es una firma electrónica y quienes pueden solicitarla.

El artículo 13 de la LCE la define como el conjunto de datos presentados en forma digital que se vinculan con la identidad de un usuario. Este conjunto puede adjuntarse en un documento digital o correo para validar que su emisor reconoce el contenido del mismo.

En pocas palabras, es el equivalente digital de una firma en tinta y papel.

Por ley, existen tres tipos de firmas electrónicas que pueden certificar el Banco Central del Ecuador (BCE) y los entes certificadores autorizados por el Estado. Estos son:

  • Certificado de firma electrónica para persona jurídica

  • Certificado de firma electrónica para persona natural

  • Certificado de firma electrónica para funcionario público

En los casos de empresas, se puede tramitar también firmas electrónicas individuales para su representante legal y otros directivos autorizados.

¿Se puede usar siempre la firma electrónica en Ecuador?

Aunque la LCE reconoce su validez, hay varias instancias que no reconocen todavía su uso, por lo que allí puedes encontrar problemas con las firmas electrónicas de tu empresa o personales.

Problemas con las firmas electrónicas en notarías

Las notarías, no aceptan el uso de firmas electrónicas en un poder o declaración jurada.

Y aunque estas notarías certifican sin problema contratos firmados físicamente, no lo hacen directamente con los contratos firmados electrónicamente.

En este caso, para certificar un contrato firmado digitalmente realizan dos procesos. El primero es la “desmaterialización” del contrato y el segundo es la certificación final del mismo.

Para realizar la desmaterialización del contrato, se exige que este sea enviado en formato PDF. El notario lo revisa, así como también revisa la firma electrónica de quien lo envía y luego aplica su propia firma electrónica para validar todo el documento.

Una vez hecho esto, el notario procede a certificar el contrato igual que lo haría con un documento firmado físicamente. Ambas acciones tienen un costo separado, que es cobrado por la notaría.

Problemas con las firmas electrónicas en los servicios bancarios

Otro problema con las firmas electrónicas lo encontramos es el vacío legal con respecto a su uso en los servicios bancarios.

Si bien no está prohibido su uso, tampoco hay un reglamento que regule su aplicación en este tipo de instituciones.

Sin embargo, los bancos respetan la validez y efectos jurídicos que la LCE le da a las firmas electrónicas.

Por lo tanto, permiten su uso para abrir cuentas en un contrato de depósito. Y aunque también se pueden usar en créditos de consumo, no se suelen aceptar para solicitar préstamos bancarios o créditos de otro tipo.

Esto se debe a las estrictas medidas de autoprotección contra riesgos que aplican los bancos.

Igualmente, se puede usar firma electrónica para un contrato de hipoteca mediante escritura pública, pero quien lo solicite deberá pagar el doble costo de desmaterialización y certificación exigidos por el notario.

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Firma electrónica en Ecuador ¿para qué sirve?

La firma electrónica en Ecuador es una de las herramientas digitales más utilizadas hoy en día en el mundo de las finanzas y el comercio electrónico o E-commerce.

Se trata de un documento que vincula de forma exclusiva e inequívoca la identidad de una persona con un signo, firma o elemento de tipo electrónico.

Es considerado como el equivalente digital de la firma manuscrita usada durante siglos en el comercio mundial y operaciones legales.

Por lo tanto, es asegura la integridad y validez legal de cualquier documento relacionado con operaciones a través de internet. Es decir, que no se realicen en papel impreso o medio físico.

En Ecuador, las características de uso, alcance y limitaciones de la firma digital están descritos en la Ley de Comercio Electrónico.

¿Qué usos tiene la firma electrónica en Ecuador?

Según la Ley de Comercio Electrónico, la firma electrónica en Ecuador puede ser solicitada tanto por personas jurídicas como naturales.

Esta firma puede utilizarse para validar operaciones como:

  • Facturación electrónica de bienes y servicios

  • Registro ante el sistema informático ECUAPASS de la Aduana del Ecuador y realización posterior de operaciones de comercio exterior (importación o exportación de productos)

  • Realización de operaciones de compras públicas

  • Operaciones relacionadas con el proyecto Cero Papeles o Gestión Documental Quipux

Pasos y requisitos para obtener la firma digital

El trámite para solicitar la firma digital en el país es muy sencillo y consta de unos pocos pasos.

Esta firma puede tramitarse a través de la Entidad de Certificación del Banco Central del Ecuador.

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Requisitos para obtener la firma electrónica en Ecuador

Los requisitos para solicitar el certificado de firma electrónica son bastante sencillos. Las personas naturales que requieren firma electrónica deben entregar:

  1. Copia digitalizada a color del anverso y reverso de la cédula en formato jpg o png

  2. Fotografía selfie con la cédula en la mano, sin mascarilla ni lentes

  3. RUC (si dispone de este)

  4. Correo electrónico del solicitante de la firma electrónica

  5. Número telefónico celular del solicitante en el que pueda recibir mensajes de texto SMS

  6. Dirección de domicilio. (Si tiene RUC debe usar el mismo domicilio registrado en este).

En el caso de empresas y organizaciones que necesiten una firma electrónica, su representante legal debe entregar los siguientes documentos:

  • a) Cédula del representante legal

  • b) Nombres

  • c) Apellido Paterno

  • d) Apellido Materno

  • e) Fecha de Nacimiento

  • f) Nacionalidad

  • g) Sexo (Hombre/Mujer)

  • h) Correo Personal (en minúsculas)

  • i) Número de teléfono celular (código de país + celular. Ej.: +593985556222)

  • j) Número telefónico fijo (No obligatorio)

  • k) Provincia

  • l) Ciudad

  • m) Dirección: (tal y como aparece en el RUC)

  • n) Foto selfie con cédula en la mano

  • o) RUC de la empresa Empresa

  • p) Razón Social (como se indica en el RUC)

  • q) Nombramiento (Carta aceptación)

  • r) Nombramiento (Registro Mercantil o ente regulador) – (No obligatorio si está en un solo archivo en el campo anterior)

  • s) Tiempo de vigencia (1,2,3 o 4 años)

¿En qué formato se recibe el certificado de firma electrónica?

La firma electrónica en Ecuador se entrega a través de un certificado con validez de 2 años,para las personas naturales y de 1 a 4 años para las empresas.

Este certificado puede tener la forma de un token o de un archivo digital. El token es un dispositivo protegido criptográficamente en el que se almacena la firma electrónica.

Es usado principalmente en operaciones que implican altas sumas de dinero o bienes y productos de alto valor.

Por su parte, el formato de archivo digital es muy popular por su rapidez y facilidad de uso. Es común su uso en trámites corrientes y firma de documentos de forma masiva, como ocurre con la facturación electrónica de bienes y servicios.

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